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Adjudicación directa: ¿excepción que se vuelve norma? Una mirada a las compras del Gobierno Federal

De acuerdo con la Organización para la Cooperación el Desarrollo Económico (OCDE) las economías desarrolladas del mundo pueden gastar en promedio el 12% del Producto Interno Bruto en compras públicas. En México el porcentaje es considerablemente menor pero aún así es una cifra de alto valor considerando que México es la 11va economía de mayor tamaño del mundo1: alrededor del 5% del PIB, equivalente a más de 800 mil millones de pesos2. La forma en la que compran los gobiernos está relacionada con temas de competencia económica, eficiencia del gasto, calidad de los servicios públicos, entre otros.

Para realizar una compra pública, los gobiernos en México deben apegarse a un conjunto de leyes y reglas que siguen una misma máxima: asegurar las mejores condiciones disponibles de compra para el Estado. Por ello, las adquisiciones que realizan las dependencias y gobiernos se realizan por regla general mediante una licitación pública, es decir, mediante un concurso abierto a cualquier interesado3. Sin embargo, también se prevé que por excepción se puedan realizar procesos de contratación mediante invitación a cuando menos tres personas o mediante adjudicación directa. Estas últimas son formas de comprar que tienden a ser menos competitivas pues restringen la participación a un número determinado de individuos o empresas.

A través del uso del portal de compras públicas del gobierno federal –Compranet– Transparencia Mexicana revisó cómo compraron en 2013 las 25 dependencias de gobierno que conforman el gabinete, según la página web de la Presidencia de la República4. El ejercicio encontró que del valor total de los procedimientos registrados por estas depedencias, 55.57% se adjudicó de forma directa, 10.13% por invitación a cuando menos tres personas y 34.30% por licitación pública5. Es decir, sólo 1 de cada 3 pesos gastados en contrataciones en 2013 se licitó.

A continuación se presentan las 5 depedencias que más y menos compraron por adjudicación directa o licitación pública:

Adjudicación Directa

Las 5 dependencias que más compraron por adjudicación directa Las 5 depdencias que menos compraron por adjudicación directa
SSP (100% del valor de los procedimientos) CONAGUA (5.08% del valor de los procedimientos)
SENER (93.86% del valor de los procedimientos) SCT (7.36% del valor de los procedimientos)
SEDATU (87.76% del valor de los procedimiento) CFE (21.62% del valor de los procedimientos)
SFP (84.11% del valor de los procedimientos) IMSS (29.27% del valor de los procedimientos)
SAGARPA (83.86% del valor de los procedimientos) PGR (30.60% del valor de los procedimientos)

Licitación pública

Las 5 dependencias que más compraron por licitación pública Las 5 depdencias que menos compraron por licitación pública
CONAGUA (85.25% del valor de los procedimientos) SSP (0% del valor de los procedimientos)
IMSS (69.79% del valor de los procedimientos) SEMAR (0.01% del valor de los procedimientos)
SCT (65.94% del valor de los procedimientos) SENER (4.74% del valor de los procedimientos)
SEDESOL (64.92% del valor de los procedimientos) SECTUR (5.58% del valor de los procedimientos)
PGR (61.11% del valor de los procedimientos) SEDENA (6.61% del valor de los procedimientos)

Si bien un análisis sobre la competitividad o eficiencia de estos procedimientos de contratación requiere de mayor profundidad y de la inclusión de un mayor número de variables, este ejercicio nos permite tener un primer acercamiento a las compras públicas de estas 25 depedencias y prender focos amarillos para algunas depedencias con porcentajes muy bajos de licitación pública, específicamente en el sector de seguridad.

Fuentes:

1 CIA Factbook (2013)
2 Size of public procurement market 2008, Government at Glance. OECD (2011)
3 El artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público señala que “Las adquisiciones, arrendamientos y servicios se adjudicarán, por regla general, a través de licitaciones públicas, mediante convocatoria pública, para que libremente se presenten proposiciones, solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad, crecimiento económico, generación de empleo, eficiencia energética, uso responsable del agua, optimización y uso sustentable de los recursos, así como la protección al medio ambiente y demás circunstancias pertinentes, de acuerdo con lo que establece la presente Ley.”
Gabinete, Presidencia de la República (http://www.presidencia.gob.mx/gabinete/). Para fines del ejercicio se separa a la Secretaría de la Seguridad Pública (SSP, ahora CNS) de la Secretaría de Gobernación (SEGOB).
5 Inteligencia de Mercados, Compranet (2013). Consulta: 25 de septiembre de 2014.